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Clausura de Negocios por COVID-19

Y así queda plasmado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su Artículo 23, establece: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.”

Frente a la realidad que muestran las noticias en estas fechas, donde varios comercios han sido objeto de visitas de la autoridad, y algunos de ellos se les esta causando daños irreparables, como es la clausura temporal e imposición de multas, por parte de la autoridad; generando una verdadera confusión en los lineamientos para poder continuar ejerciendo el derecho a trabajar de una forma digna y continua.

Cabe resaltar que como gobernados, vivimos en un estado de derecho, donde gozamos de libertad y acatamos normas legalmente establecidas para crecer y disfrutar sin incurrir en delito alguno; tenemos derechos protegidos en forma nacional e internacional, y por ello también hay que revisar todo acto de autoridad que no se exceda ni violente los derechos adquiridos como gobernados.

Para ello, este despacho jurídico, ofrece sus servicios de asesoría y defensa profesional frente cualquier acto de autoridad, en especial en este tiempo de pandemia por el coronavirus.

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